Economia

Extienden plazos a RIF para hacer declaración

Agencia Reforma

2014-10-19

Monterrey— Los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal podrán presentar sus declaraciones bimestrales a más tardar el último día del mes inmediato posterior al bimestre que declara, y no hasta el día de 17, señala el fisco federal.
Según la regla 1.2.9.3 de la Quinta Resolución de Modificaciones a la RMF para 2014, las personas físicas que tributan en el RIF podrán presentar declaraciones bimestrales definitivas de impuestos federales, incluyendo retenciones, a más tardar el último día del mes siguiente al bimestre que declara.
En septiembre pasado, asesores contables como Edgar Viera, de Unpaco (Unión de Compras de Comerciantes en Pequeño), dijo que la recomendación que daban a los asociados era cumplir con la declaración del cuarto bimestre a más tardar el día 17 de septiembre.
Se trataba de la primera declaración bimestral que debían cumplir en tiempo, sin haber de por medio una prórroga como la que hubo en los primeros tres bimestres del año.
Después el fisco federal dio la oportunidad para que los RIF presenten sus declaraciones bimestrales del 2014 hasta enero próximo, sin que sean cambiados de régimen.

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